Japan International Cooperation Agency
HOME >Overseas Offices >CHILE >Proyectos de Cooperación Técnica
Antecedentes de Actualización
Oficina en Chile
Presentación
Localizacion
Actividades
Proyectos de Cooperación Técnica
Voluntarios
Actividades Destacadas
Asociación de Ex-Becarios de Japón
Proyectos de Cooperación Técnica

El Gobierno de Japon y El Gobierno de Republica de Chile firmaron el Programa de Asociacion Chile-Japon para promover la Cooperacion Sur-Sur el 30 de junio de 1999.

PROGRAMA DE ASOCIACION ENTRE JAPON Y CHILE

Los representantes del Gobierno de la Republica de Chile y del Gobierno de Japon, considerando la importancia de establecer una base solida y estable de cooperacion para apoyar los esfuerzos de desarrollo social y economico de los paises en vias de desarrollo, comparten la idea de que una nueva asociacion de cooperacion debe desarrollarse entre los dos paises, de conformidad con las leyes y reglamentos de sus respectivos paises y con el fin de promover la cooperacion tecnica entre ambos gobiernos, referida en el Acuerdo de Cooperacion Tecnica entre el Gobierno de la Republica de Chile y el Gobierno de Japon, suscrito en Santiago, el 28 de Julio de 1978 (en adelante "El Acuerdo").

El nuevo programa de asociacion sera denominado Programa de Asociacion Chile-Japon (en adelante "CJPP") o Cooperacion Triangular Chile-Japon. El CJPP se implementara teniendo presente lo establecido en la letra (e), articulo 2, del mencionado Acuerdo y a la luz del incremento ocurrido en los ultimos anos de la cooperacion internacional en el ambito de la cooperacion tecnica por parte de ambos Gobiernos.

Asimismo, se entiende que la cooperacion tecnica entre ambos Gobiernos a que se refiere el citado parrafo del Acuerdo incluye entre sus diversas formas la cooperacion tecnica para paises en vias de desarrollo mediante el principio de asociacion con costos compartidos.

El CJPP se iniciara el ano fiscal japones (JFY) de 1999, basado en los siguientes principios:

1. Proposito
El proposito del CJPP es extender en forma conjunta asistencia tecnica a los paises en vias de desarrollo, para su desarrollo economico y social, combinando eficazmente los recursos humanos, tecnologicos y financieros de Japon y Chile.

Esta asistencia se hara a traves de una accion conjunta, en una modalidad de costos compartidos, a objeto de promover la transferencia de conocimientos, experiencia y tecnologia de ambos paises a terceros paises.

Al planificar el CJPP, el Gobierno de Japon considera los aspectos de apoyo a las actividades de Cooperacion Sur-Sur de Chile, bajo el Programa de Cooperacion Horizontal del Gobierno de la Republica de Chile.

2. Programas de Entrenamiento
1) El Gobierno de la Republica de Chile y el Gobierno de Japon implementaran en forma conjunta programas de entrenamiento para los paises en vias de desarrollo a traves del Programa de Entrenamiento de Tercer Pais (en adelante, "TCTP").

2) El TCTP, que hace uso de tecnologias anteriormente transferida a la Republica de Chile por el Gobierno de Japon continuara siendo ofrecido en Chile en beneficio de los participantes de los paises en vias de desarrollo. El Gobierno de la Republica de Chile asumira inicialmente el 30% de los costos necesarios del TCTP y hara esfuerzos para aumentar su porcentaje en forma gradual hasta alcanzar una participacion equitativa en el futuro.

3) A objeto de extender la cooperacion tecnica, aparte del TCTP, a terceros paises y dada la importancia de dicha cooperacion para tales paises, ambos Gobiernos prepararan e implementaran en forma conjunta un JTP que utilice los conocimientos y tecnologias de ambos paises. El Gobierno de la Republica de Chile hara cuanto este a su alcance para contribuir al JTP, solventando los costos en forma equitativa.

4) Los perfiles de los programas de entrenamiento incluidos el TCTP y el JTP, que seran implementados en forma conjunta por ambos Gobiernos, seran descritos en un plan de trabajo anual formado por el Comite de Planificacion mencionado en el parrafo 4 siguiente. La implementacion de tales programas sera coordinada, supervisada y administrada conjuntamente por las agencias de implementacion de ambos Gobiernos , a saber la Agencia de Cooperacion Internacional de la Republica de Chile (AGCI) y la Agencia de Cooperacion Internacional del Japon (JICA).

3. Otras Formas de Cooperacion Tecnica
El Gobierno de la Republica de Chile y el Gobierno de Japon consideraran cuando proceda implementar otras formas de cooperacion tecnica que utilicen su experiencia y tecnologia, con el objeto de proveer cooperacion efectiva y eficiente para los paises en vias de desarrollo. Dichas formas de cooperacion tecnica podran incluir:

1) Realizacion de seminarios conjuntos en terceros paises. (Los temas y paises organizadores de tales seminarios seran determinados en conjunto por ambos Gobiernos).

2) Envio de expertos para los proyectos de cooperacion tecnica de cada una de las partes en terceros paises, y,

3) Otras modalidades y formas de cooperacion que contribuyan a los propositos mencionados en el punto 1 anterior.

4. Comite de Planificacion
El Gobierno de la Republica de Chile y el Gobierno de Japon estableceran un Comite de Planificacion compuesto por funcionarios y personal de las Agencias de Implementacion antes citadas de ambos Gobiernos.

El Comite de Planificacion tendra por objeto formular, dentro de los limites de las asignaciones presupuestarias de ambos paises, un plan anual de trabajo del CJPP para cada ano fiscal, que contenga entre otros, los contenidos especificos, la duracion y formulas equitativas de costos compartidos de los programas de entrenamiento antes dichos que deban ser implementados en forma conjunta por ambos Gobiernos, y otras formas de cooperacion tecnica.

El Comite de Planificacion se reunira anualmente en Chile o en Japon. La implementacion diaria del CJPP sera conducida y supervisada por la Oficina de JICA en Chile y por la AGCI.

5. El Gobierno del Japon manifiesta su interes en cooperar con el Gobierno de la Republica de Chile para transferir sus conocimientos y asi promocionar cooperacion tecnica a los paises en vias de desarrollo, a traves del envio del personal de JICA a Chile y/o la aceptacion de los funcionarios del Gobierno de la Republica de Chile como becarios de JICA en Japon dentro del Esquema de Cooperacion Tecnica Japonesa.

6. El Gobierno de la Republica de Chile y el Gobierno de Japon revisaran completamente la estructura del CJPP en el ano 2003.
Cualquiera de los Gobiernos podra poner termino al CJPP, en cualquier momento, mediante aviso por escrito enviado con seis meses de anticipacion al otro Gobierno.

En Santiago, a treinta de Junio de mil novecientos noventa y nueve.

Por el Gobierno de la Republica de Chile, Juan Gabriel Valdes Soublette, Ministro de Relaciones Exteriores.

Por el Gobierno de Japon, Yubun Narita, Embajador de

Copyright © Japan International Cooperation Agency